Declaración del gobierno italiano, presidido por el socialista Bettino Craxi, fruto de casi un año de estudio, sobre el Opus Dei
Dos diputados de la izquierda radical italiana, Rodottá y Bassanini, presentaron una interpelación al Gobierno, preguntando si el Opus Dei podría asimilarse a las sociedades secretas y se le podía aplicar la ley que había disuelto la logia secreta P2. Tres diputados comunistas -Petruccioli, Bellocchio y Violante-, presentaron una interpelación parlamentaria similar.
Ante esta interpelación 58 diputados demócrata cristianos presentaron dos interpelaciones al Presidente del Gobierno Italiano y a los Ministros del Interior y de Asuntos Exteriores para pedir al Gobierno una posición de salvaguarda de la libertad religiosa, indicando "la falta de consistencia de los presupuestos de derecho y de hecho que se han invocado para aplicar al Opus Dei la ley que disolvió la logia secreta P2".
La primera interpelación, presentada el 3 de abril por 32 diputados decía textualmente:
“Hay en curso una campaña de prensa dirigida a desacreditar la acción y la organización del Opus Dei, presentándola como asociación secreta cuyo objetivo es la adquisición de cargos públicos por parte de sus miembros y, como tal, merecedora de intervenciones represivas por parte del Estado.
- Tales afirmaciones contrastan:
a) con la naturaleza de la Obra, que no es una Asociación, sino una Prelatura personal que forma parte integrante de la estructura de la Iglesia Universal, que es libre por la Constitución y Pactos internacionales de organizarse como lo considere más oportuno;
b) con el contenido de sus estatutos, que excluyen cualquier secreto, por otra parte inexistente en los hechos;
c) con su fin, que mira esencialmente a la formación y a una vida de trabajo y de familia, vivida plenamente según los valores evangélicos.
Es notorio que el Opus Dei desarrolla una amplia labor benéfica, también en provecho de la sociedad civil, no sólo en Italia sino especialmente en países del Tercer Mundo, con particular atención al campo de la educación".
"Los diputados firmantes desean saber si el Gobierno no intenta tomar una clara posición para salvaguardar la libertad religiosa indicando la falta de presupuestos, tanto en derecho como de hecho, por los que se ha invocado la aplicación de la Ley y, en particular, qué consecuencias pretende sacar de la testificación oficial de la Iglesia Católica en relación a la naturaleza y fines del Opus Dei".
En la segunda interpelación, suscrita el 2 de abril por 26 diputados, además de rechazar las acusaciones de secreto dirigidas contra la Prelatura por carecer de todo fundamento, solicitaban al Gobierno que se respetasen los compromisos asumidos por el Estado italiano en el reciente Concordato, de garantizar la libertad religiosa y no interferir en la actividad de las instituciones de la Iglesia, como son las Prelaturas personales.
Las interpelaciones al Gobierno fueron firmadas, entre otros, por dos de los cuatro Vicepresidentes de la Cámara, Giusseppe Azzaro y el ex ministro Vito Lattanzio, junto con el magistrado Casini y otros dirigentes democristianos como Silvia Costa.
El 24 de noviembre el Gobierno daba una respuesta que atestiguaba la libertad y la autonomía personal de los miembros del Opus Dei en cuestiones temporales, como miembros de una realidad de la Iglesia que goza del reconocimiento de las autoridades civiles y eclesiásticas.
Fue la respuesta de un gobierno de un país europeo demócrata, presidido por el socialista Bettino Craxi, que era fruto de casi un año de estudio. El ministro del interior, Scalfaro, leyó en el Parlamento los 41 folios de respuesta.
El Ministro del Interior evocó brevemente en su contestación los pasos que se habían dado en la elaboración de la respuesta del Gobierno:
- "El Presidente de Gobierno –dijo- al conferirme este encargo, me entregó las actas, declaraciones y atestados que le había transmitido la Secretaría de Estado del Vaticano.
- El hecho de que esos documentos no tuviesen carácter oficial me han llevado a interpelar a la misma Santa Sede, la cual, el pasado 6 junio, me respondió con una carta de S.E. Mons. Achille Silvestrini, Secretario del Consejo para los Asuntos Públicos de la Iglesia, y me hizo llegar un Oficio de la Congregación para los Obispos.
- El Oficio especificaba que las respuestas expresadas anteriormente representan la postura oficial de la Santa Sede y vinculan a la Prelatura del Opus Dei".
Tras una enumeración de artículos de la Constitución, Scalfaro recordó las características de las relaciones Iglesia-Estado, tal como se habían confirmado solemnemente en el Acuerdo de Villa Madama del 18 de febrero de 1984.
En ese Acuerdo se reafirmó la respectiva independencia y soberanía de la Iglesia y el Estado.
El Estado había reconocido a la Iglesia Católica plena libertad para desarrollar su misión.
-le había asegurado libertad de organización, de ejercicio público de culto y magisterio.
-y garantizaba a los católicos y a sus organizaciones plena libertad de reunión y de manifestación de su pensamiento.
A continuación el Ministro del Interior recordó el fin y la naturaleza, los vínculos de los fieles con el Opus Dei.
Dijo que la Santa Sede, con la Constitución Apostólica "Ut sit", del 28 de noviembre de 1982, acto con carácter de "ley institucional", había erigido el Opus Dei como Prelatura personal y había aprobado sus Estatutos.
Citó algunas de las actividades del Opus Dei en diversas ciudades de Italia como Roma, Milán, Palermo, Nápoles, Bolonia, Bari, Catania, Génova, etc.
"Por lo general -afirmó- se trata de iniciativas de tipo educativo, asistencial, en cuyo contexto el Opus Dei asume responsabilidades formativas y de dirección espiritual: esas actividades son conocidas públicamente. Algunas tienen dimensión nacional o incluso internacional, como el Centro Internazionale della Giuventú Lavoratrice, con sede en Roma, creado por iniciativa de la Santa Sede y confiado al Opus Dei por Pablo VI en 1965".
"Se ha preguntado -dijo el Ministro del Interior- si el Opus Dei se rige por estatutos y códigos que la califiquen como asociación secreta. A este respecto, la Santa Sede declara textualmente:
-La Prelatura Opus Dei es una institución de la Iglesia.
-Está erigida públicamente según el Código de Derecho Canónico.
-Está dotada de Estatutos oficialmente sancionados por la Santa Sede.
-Los órganos del Opus Dei son públicos y bien conocidos, así como sus respectivas sedes.
Recordó el ministro que "todos los que pertenecen al Opus Dei están obligados evitar el secreto y la clandestinidad, por el art. 89, pár. 2 del Codex iuris particularis del Opus Dei; y a tenor de estos supuestos, concluyó:
“Es evidente que ninguno de los requisitos queridos por el artículo 1 de la ley n. 17/1982 para que una asociación pueda considerarse secreta se adapta al Opus Dei, ni el de sus reglas, ni el de las actividades que lleva a cabo”.
"A la segunda pregunta -continuaba el Ministro del Interior- si los miembros del Opus Dei están ligados por particulares obligaciones de obediencia, la Santa Sede responde textualmente:
"Los fieles del Opus Dei, cualquiera que sea su función en la sociedad civil, tienen resecto al Estado los mismos deberes de fidelidad que todos los demás ciudadanos".
Recordó Scalfaro que la fidelidad al Estado de los miembros del Opus Dei estaba expresamente indicada en el artículo 3, párrafo 2, nº 2 de los Estatutos del Opus Dei, que establece que todos los fieles de la Prelatura:
"Se esfuerzan por cumplir con la máxima fidelidad los deberes de su estado, las tareas profesionales y sociales, siempre con el mayor respeto a las leyes legítimas de la sociedad civil".
"Ha surgido alguna pregunta -proseguía Scalfaro- en relación con el punto 2 de las "Disposiciones finales" del Codex (Estatutos) que parece que pretende dejar en vigor los derechos y deberes adquiridos en el régimen jurídico precedente”. La respuesta fue: “Para todos los que se adhirieron al Opus Dei antes de que fuese erigido como Prelatura, siguen en vigor solamente los derechos y deberes contemplados en las prescripciones del vigente Codex Iuris Particularis.
Esos derechos y deberes aparecen concordes con las normasconstitucionales de la Republica italiana". "La precisión de la Santa Sede -afirmó Scalfaro- es de tal claridad que no requiere otras observaciones".
Dedujo de todo esto las siguientes conclusiones:
1. El Opus Dei no es secreto, ni de derecho ni de hecho.
2. El deber de obediencia se refiere exclusivamente a materias espirituales.
3. No hay más deberes y derechos que los previstos en los Estatutos (Codex Iuris Particularis) y también éstos son de naturaleza estrictamente espiritual.
4. Ningún derecho ni deber del viejo régimen, si no está previsto en el nuevo, ha sobrevivido a la institución de la Prelatura.
"En conclusión -afirmaba el Ministro del Interior- ni el Gobierno ni el Ministerio del Interior en particular pueden asumir legítimamente iniciativas en relación con el Opus Dei".
Scalfaro prosiguió afirmando que las investigaciones y comprobaciones que pedía la interpelación, no estaban justificadas por ningún elemento de hecho, y como no se proporcionaba siquiera un leve indicio, si se aplicaran se convertirían en una inadmisible extorsión del derecho de libertad del ciudadano y en una inadmisible ingerencia del Estado en el orden interno de la Iglesia.